lunes, 16 de mayo de 2011

ACEPTACIONES BANCARIAS

Las aceptaciones son letras de cambio giradas por un comprador de mercancías o bienes muebles a favor del vendedor de los mismos. Estas letras se convierten en aceptaciones bancarias o financieras en el momento en el que el girador de la letra solicita al banco que acepte la responsabilidad principal por el pago de la misma.

Las Aceptaciones Bancarias son letras de cambio emitidas por empresas a su propia orden, aceptadas por instituciones de Banca Múltiple con base en créditos que estas Instituciones conceden a dichas empresas.

Existen dos tipos de aceptaciones bancarias:

Privadas: emitidas y negociadas directamente por los bancos con el público inversionista (no se operan a través de la Bolsa).

Públicas: emitidas por sociedades anónimas, avaladas por bancos e inscritas en la sección de valores del Registro Nacional de Valores e Intermediarios.

Las aceptaciones no pagan un interés fijo, por lo tanto su rendimiento se basa en el descuento que se aplique al momento de su negociación.

Dicho descuento se establece de acuerdo a las condiciones del mercado y del tiempo que falte para el vencimiento del título.

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